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  • ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO CODIGO ESTRUCTURAL (10-11-2021) Y SUS PRINCIPALES NOVEDADES


    El pasado 29 de junio se aprobó el nuevo Código Estructural que ha entrado en vigor a partir del 10 Noviembre 2021 en el que se establecen y cuantifican los requisitos exigibles a las estructuras haciendo especial hincapié en todo lo relativo a la seguridad.

    La publicación de esta normativa responde a la necesidad de actualizar la reglamentación vigente que afecta a las estructuras de hormigón y a las estructuras de acero e incluye como gran novedad la regulación para las estructuras mixtas de hormigón y acero.

    El nuevo Código Estructural regula las cuestiones relativas a bases de proyecto y análisis estructural, así como a los requisitos técnicos exigibles a los materiales componentes, a la durabilidad y vida útil de las estructuras, a la acción de incendio, al control y a la ejecución de las estructuras, derogando a partir del 10 de noviembre de 2021 el Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo (EAE-11) y el Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio (EHE-08).

    Su programa de implantación se divide en varias fases:

    - 10 de noviembre del 2021, se hace obligatoria su aplicación para la redacción de proyectos.

    - 10 de noviembre del 2022, se hace obligatoria su aplicación a todas las obras de edificación incluso si el proyecto se redacto antes de la entrada en vigor del nuevo Código Estructural.

    - 10 de noviembre del 2024, se hace obligatoria su aplicación a todas las obras civiles, con las mismas condiciones que en la edificación.

    Algunos de los principales aspectos incluidos como novedad son:

    - La gestión de las estructuras existentes durante su vida útil, incluyendo su plan de mantenimiento, las intervenciones en las mismas, e incluso su deconstrucción.

    - Los sistemas de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón.

    - Las estructuras realizadas con acero inoxidables.

    - Las estructuras mixtas de hormigón y acero.

    - Una mayor definición de las Bases generales para la ejecución de las estructuras. Como la gestión de los procesos constructivos, la gestión de los materiales, productos y elementos que se vayan a colocar en obra, para asegurar la trazabilidad de los mismos, estableciendo dos niveles, uno según el nivel de control de ejecución y otro la clase de ejecución.

    - Evalúa la sostenibilidad de las estructuras considerando las características prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los agentes que participan en su proyecto y ejecución.

    - Incorpora sistemas de protección, reparación y refuerzo de las estructuras de hormigón.

    - Las principales modificaciones en las estructuras de hormigón (Título II):

    • Se modifican la designación de las clases de exposición
    • Los ensayos de resistencia a compresión. La frecuencia y los criterios de aceptación será en función de: La posesión de un distintivo de calidad oficialmente reconocido, de que el hormigón tenga certificada la dispersión dentro del alcance de certificación de un distintivo de calidad oficialmente reconocido y de la modalidad de control que se adopte.
    • Se redefine la casuística para aplicar los criterios de aceptación y rechazo del hormigón para la modalidad de control estadístico durante el suministro, estableciendo los siguientes casos.

    1: hormigones con la dispersión certificada dentro del alcance de certificación de un distintivo de calidad oficialmente reconocido.

    2: hormigones sin distintivo de calidad oficialmente reconocido suministrados de forma continua por la misma central de hormigón preparado en los que se controlan en la obra más de treinta y seis amasadas del mismo tipo de hormigón.

    3: hormigones sin distintivo de calidad oficialmente reconocido, fabricados de forma continua en central de obra o suministrados de forma continua por la misma central de hormigón preparado. Se modifican además las funciones de aceptación.

    • Establece recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado estructural, que hasta ahora no había.
    • Se mantiene el mismo formato de tipificación de los hormigones en la cual únicamente cambiará la Designación del ambiente, pues como se ha indicado cambia su nomenclatura.
    • En los de hormigón autocompactante, la tipificación es análoga a la de los hormigones convencionales, pero utilizando como indicativo C de la consistencia las siglas AC, pudiendo definir la autocompactabilidad añadiendo las siglas correspondientes al escurrimiento (AC-SF), viscosidad (AC-V), capacidad de paso (AC-P) y resistencia a la segregación (AC-SR).
    • Incorpora Anejo 9 de Recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado estructural, hasta ahora sin normativa de referencia. Aclarar que para el caso de estructuras de acero en edificación se puede seguir aplicando el CTE DB SE A, al igual que hasta ahora.

    EXCLUSIONES del ámbito de  aplicación del nuevo Código estructural.

    En estructuras de hormigón.

    - Elementos mixtos compuestos por hormigón y cualquier otro material distinto del acero.

    - Pretensados mediante armaduras activas fuera del canto d elemento.

    - Hormigones especiales no considerados (pesados, sin fino, refractarios o compuestos con otras sustancias).

    - Exposición habitual a temperaturas superiores a 70 grados centígrados.

    - Cimentaciones profundas.

    - Tuberías de hormigón.

    - Depósitos a presión, plataformas offshore o balsas de almacenamiento de líquidos.

    - Presas.

    En estructuras de acero.

    - Elementos estructurales realizados con aceros especiales tales como los aceros de alto límite elástico o los aceros inoxidable, que presenten límites elásticos superiores a 700N/mm2, salvo elementos de unión y los aceros provenientes de aleaciones especiales con un límite elástico superior a 480 N/mm2.

    - Perfiles y chapas de paredes delgadas conformadas en frío.

    - Los elementos estructurales mixtos de acero estructural y hormigón.

    - Las estructuras mixtas de acero y cualquier otro material de distinta naturaleza con función resistente.

    En estructura mixtas.

    - Aquellas cuyos elementos de hormigón presentan resistencias memores de 25N/mm2 ni superiores a 60N/mm2.

    - Aquellas cuyos elementos de acero estructural presentan límites elásticos mayores a 460N/mm2, salvo en elementos de unión.

    - Cualquier otro tipo de estructura mixta compuesta por hormigón y otro material con función resistente de distinta naturaleza que el acero estructural.

    - Las estructuras que hayan de estar expuestas a temperatura superiores a 70 grados centígrados.

    - Las estructuras mixtas realizadas con hormigones especiales no considerados explícitamente en este Código, como lo pesados, refractarios u otros.

    - Las estructuras en las que la acción del pretensado se introduce mediante armaduras activas.

    - Las tuberías empleadas para la distribución de cualquier tipo de fluido.

    MAYORES RESTICCIONES EN ACTIVIDADES DE EJECUCIÓN.

    - Se añaden especificaciones para el sistema de gestión de acopio e instalación de dosificación.

    - Se prohíbe el empleo del agua de lavado de cubas en el hormigón.

    - Se establece la consistencia fluida como consistencia de referencia en edificación.

    - Se permite una mayor tolerancia en peso de adiciones en hormigones con bajo contenido de las mismas.

    Para mayor información accede al texto del nuevo Código Estructural.



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