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DEDUCCIONES FISCALES EN OBRAS DE REHABILITACIÓN DENTRO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA
Con la publicación del RD Ley 19/2021, de 5 de octubre, y del RD Ley 18/2022, de 18 de octubre, que amplía su plazo de aplicación, se introducen deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales.
Tres tipos de deducciones:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual, por obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda. Aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual, por obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda. Aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales, por obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda. Aplicable hasta el 31 de diciembre de 2024.
La reducción del consumo de energía primaria no renovable, se acreditará a través del certificado de eficiencia energética del edificio.
Para ampliar la información se podrá consultar el siguiente enlace de la AGENCIA TRIBUTARIA: